Hola Marisol. He leído el documento adjunto y es muy claro; pero tengo una duda. Si existen especialidades bien diferenciadas en el derecho como son, el derecho civil y el derecho laboral y de seguridad social, ¿Por qué el contrato de arrendamiento de servicios se encuentra en el código civil?
Otra, no se si entiendo muy bien lo que es el Outsourcing ¿se refiere a las subcontratas?
He construido éste blog con el objeto de poner a vuestra disposición un medio más de comunicación, que amplíe y facilite el día a día en el aula. Mi deseo es que sea útil y todos podamos aprender más, que de eso se trata. Recibiréis avisos, tareas, textos, apuntes y mucho más.
Puedes buscar material anterior ordenado a través de las Carpetas por antigüedad. De cada una de mis aportaciones tenéis la posibilidad de hacer Comentarios. Espero sugerencias, críticas constructivas, colaboración, dudas.
El blog lo construimos tod@s. Gracias.
1 comentario:
Hola Marisol. He leído el documento adjunto y es muy claro; pero tengo una duda. Si existen especialidades bien diferenciadas en el derecho como son, el derecho civil y el derecho laboral y de seguridad social, ¿Por qué el contrato de arrendamiento de servicios se encuentra en el código civil?
Otra, no se si entiendo muy bien lo que es el Outsourcing ¿se refiere a las subcontratas?
Gracias y saludos:
Carmen
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